Un hombre de 76 años adoptó a otro de 61 mediante un fallo inédito de la Justicia de Salta que reconoció el «derecho a la identidad» sin importar la edad de los involucrados, que conviven como padre e hijo desde hace casi seis décadas, y que no habían podido concretar su deseo bajo el Código Civil anterior.
Los protagonistas de la historia son Ana López, de 82 años; su marido Luis González, de 76; y el hijo biológico de Ana, Pedro Ruiz, de 61, cuyos nombres fueron modificados por la Justicia para resguardar su privacidad. Ana y Luis comenzaron su relación de pareja cuando Pedro tenía 2 años y se casaron cuando cumplió 10.
La familia pidió tres veces ante la Justicia que González adoptara legalmente a Pedro, quien no tenía relación con su padre biológico que falleció en 1974. Sin embargo, el viejo Código Civil no lo permitía y todas las solicitudes fueron rechazadas, aunque siguieron viviendo como familia.
Casi 60 años después, Luis y Pedro se enteraron de que la reforma del Código Civil aprobada en 2015 los habilitaba a concretar la adopción a pesar de ser adultos. Su solicitud fue otorgada el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Orán el viernes 20 de septiembre.
«Nos costó armar la adopción porque al principio hablábamos del niño y resulta que el niño tiene 61 años. Todos los que intervienen en esta adopción integran la tercera edad. No es solo que sean adultos, son adultos mayores. El adoptado ya es abuelo«, explicó la jueza Ana María Carriquiry a La Nación.
La magistrada tuvo que revisar la legislación y las convenciones internacionales de los derechos del adulto mayor. «Comprobamos que acá había un derecho a la identidad y a la autodeterminación y autonomía del adulto mayor que debía ser respetado. Era el deseo de esa familia que sus documentos coincidieran con su identidad real», señaló.
Tras la adopción, los hijos y nietos de Pedro manifestaron su voluntad de modificar sus DNI para incorporar el apellido González. «No existe un único modelo de familia, es una construcción cultural y debemos resguardar el derecho a la identidad, a poder llamarse como uno se identifica, con el nombre de su propia familia», concluyó la jueza.